Estos son los 6 pasos para conseguir una copia del testamento:

  1. Esperar 15 días hábiles tras el fallecimiento
  2. Obtener el certificado de últimas voluntades
  3. Identificar la notaría donde está el testamento
  4. Pedir la copia autorizada al notario
  5. Quién puede pedir el testamento y cómo
  6. Qué hacer si no hay testamento

El testamento no se entrega automáticamente al fallecer una persona. Para acceder a él hay que seguir un procedimiento específico que empieza por el Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de Justicia. Sin completar este trámite, ningún heredero puede saber con certeza si hay testamento ni cuál es el más reciente.

El proceso es más sencillo de lo que parece, pero tiene un orden que no se puede alterar: primero hay que esperar el plazo legal, después obtener el certificado de últimas voluntades y, solo entonces, acudir a la notaría que corresponde para pedir la copia autorizada.

En esta guía verás los seis pasos del proceso, quién puede solicitarlo, qué documentos necesitas y qué ocurre si el resultado del certificado es que no hay testamento. Para el proceso completo de la herencia una vez que tienes el testamento en la mano, puedes consultar la página de tramitación de herencias.

El plazo para tramitar la herencia es de seis meses desde el fallecimiento para el Impuesto sobre Sucesiones, así que no conviene demorar este primer paso. Iniciar el proceso de obtención del testamento es lo primero que hay que hacer cuando fallece un familiar.

Los 6 pasos para conseguir una copia del testamento

Esperar 15 días hábiles tras el fallecimiento

El certificado de últimas voluntades no puede solicitarse hasta que hayan transcurrido al menos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Este plazo es necesario para que el notario que autorizó el testamento haya tenido tiempo de comunicar su otorgamiento al Registro.

Si se solicita antes de ese plazo, el certificado puede dar un resultado incorrecto —puede no reflejar el testamento más reciente. Por eso, aunque la urgencia sea grande, hay que esperar esos días antes de hacer el trámite.

Obtener el certificado de últimas voluntades

El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario y en qué fecha fue el último. Lo emite el Ministerio de Justicia.

Se puede pedir de varias formas: en línea a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia con certificado digital, de forma presencial en cualquier Gerencia Territorial del Ministerio o por correo enviando el modelo 790 junto al certificado de defunción y el justificante del pago de la tasa (actualmente 3,86 euros). Por correo, el plazo habitual de respuesta es de 10 a 15 días hábiles.

Identificar la notaría donde está el testamento

Una vez recibido el certificado, este indica el nombre del notario y la fecha del testamento más reciente. Con esa información, hay que localizar la notaría concreta. Si el notario ha fallecido o se ha jubilado, sus protocolos han sido asumidos por otro notario o por el Archivo de Protocolos correspondiente.

Para localizar la notaría actual, se puede consultar el Colegio Notarial de Cataluña, que tiene un directorio de notarios y puede informar sobre dónde están los protocolos de notarios ya inactivos.

Pedir la copia autorizada al notario

La copia autorizada del testamento es la que tiene validez jurídica para tramitar la herencia. No es una fotocopia: es un documento expedido por el notario que certifica que es copia fiel del original que obra en su protocolo.

Para pedirla hay que presentar en la notaría: el certificado de defunción, el DNI del solicitante y el certificado de últimas voluntades. El notario entregará la copia en el plazo que marque su agenda, habitualmente entre 2 y 10 días. El coste de la copia está regulado por el arancel notarial y suele rondar los 50-150 euros según la extensión del testamento.

Quién puede pedir el testamento y cómo

Solo pueden pedir la copia autorizada del testamento las personas que tengan un interés legítimo: los herederos designados en el testamento, los legitimarios y, en general, cualquier persona que acredite un derecho sucesorio. El notario puede pedir que se justifique ese interés.

Los legatarios y personas con interés patrimonial en la herencia también pueden solicitarla. En cambio, terceros ajenos a la herencia no tienen derecho a acceder al contenido del testamento, aunque sean familia. Si hay dudas sobre quién tiene derecho, el notario puede asesorar sobre el caso concreto.

Qué hacer si no hay testamento

Si el certificado de últimas voluntades indica que la persona falleció sin testamento, la herencia se tramita como intestada. En ese caso, hay que obtener un acta de declaración de herederos ante notario, que establece quiénes son los herederos legales según el Código Civil catalán.

El acta de declaración de herederos la tramita cualquier notario y requiere certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, libro de familia y DNI de los herederos que se presentan. El proceso suele tardar entre dos semanas y un mes. Una vez obtenida, sustituye al testamento a todos los efectos para tramitar la herencia. Puedes ver el proceso completo en la guía de herencias sin testamento.

Documentos necesarios para obtener el testamento

Estos son los documentos que necesitarás en los distintos pasos del proceso:

DocumentoPara qué sirve
Certificado de defunción literalNecesario tanto para el certificado de últimas voluntades como para la copia del testamento
DNI del solicitanteIdentifica a quien hace el trámite
Modelo 790 (tasa de últimas voluntades)Se descarga de la sede del Ministerio de Justicia; tasa de 3,86 euros
Certificado de últimas voluntadesNecesario para identificar la notaría y pedir la copia
Acreditación del interés legítimo (si se requiere)Parentesco, testamento previo u otro documento que justifique el derecho

Casos habituales en Tarragona y comarca

En Tarragona y su entorno, los trámites de obtención del testamento son rutinarios, pero pueden complicarse cuando el fallecido otorgó varios testamentos en diferentes notarías o en diferentes comunidades autónomas. El certificado de últimas voluntades siempre indica el más reciente, pero conviene comprobar que no hay testamentos anteriores relevantes.

También es frecuente que el notario que autorizó el testamento haya fallecido o se haya jubilado. En esos casos, el protocolo pasa al Archivo General de Protocolos de la demarcación correspondiente. El Colegio Notarial de Cataluña puede orientar sobre dónde está el protocolo en cada caso.

Para herencias de ciudadanos con patrimonio en varios países, puede existir también un testamento internacional o testamento consular, que requiere trámites adicionales. Si el fallecido tenía bienes en otros países, conviene verificar si existe testamento en esas jurisdicciones.

Testamento ológrafo: el caso especial

El testamento ológrafo es el escrito a mano por el propio testador, firmado y fechado, sin intervención notarial. No consta en el Registro de Últimas Voluntades, por lo que el certificado no lo reflejará aunque exista.

Para que tenga validez, el testamento ológrafo debe ser presentado ante notario en el plazo de cinco años desde el fallecimiento del testador para su adveración y protocolización. Sin este trámite, no tiene validez jurídica. Si encuentras un documento escrito a mano que parece un testamento, consulta con un abogado antes de actuar.

Cómo puede ayudarte Herencias Tarragona

En Herencias Tarragona nos encargamos de todos los trámites iniciales de la herencia: obtención del certificado de últimas voluntades, localización del testamento, copia autorizada y primera valoración de los bienes. Empieza el proceso con tranquilidad.

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Preguntas Frecuentes (FAQs)

Si se solicita por sede electrónica con certificado digital, se obtiene de forma inmediata o en pocas horas. Por correo postal, el plazo habitual es de 10 a 15 días hábiles. En ventanilla (Gerencia Territorial del Ministerio) suele entregarse el mismo día.

Técnicamente puedes pedir el certificado, pero el resultado puede no ser fiable porque la notaría puede no haber comunicado aún el testamento al Registro. Es recomendable esperar los 15 días hábiles para asegurarse de que el resultado es correcto.

Solo tiene validez el más reciente. El certificado de últimas voluntades indica cuál es el último testamento notarial otorgado. Los anteriores quedan revocados automáticamente en todo lo que contradigan al más reciente.

No. Solo indica si hay testamento, la fecha y el notario ante quien se otorgó. Para conocer el contenido hay que pedir la copia autorizada a esa notaría.

Sí, si tiene un interés legítimo. Un hijo que aparece en el testamento —aunque sea para recibir solo la legítima— puede pedir la copia. Una persona completamente ajena sin ningún vínculo con el testador no tiene derecho.

El testamento ológrafo no está registrado en ningún registro oficial. Si el documento no aparece físicamente, no puede acreditarse su existencia. Los herederos deberán tramitar la herencia como intestada a través del acta de declaración de herederos.